El actual presidente de la Asociación de Conjuntos del Folklore de Oruro (ACFO), Jacinto Quispaya Sánchez, fue imputado formalmente por el delito de allanamiento a domicilio o sus dependencias, por el fiscal de materia Rando Chambi Mamani de acuerdo a la investigación preliminar seguida por el Ministerio Público.
El documento de la imputación firmado por el fiscal de materia Rando Chambi, señala que ante la existencia de suficientes indicios racionales y conforme dispone el artículo 301 del Código Penal se formula la imputación formal contra Jacinto Quispaya.
Indica que el querellante y víctima, Ascanio Justiniano Nava Rodríguez, habría sido elegido como presidente de la ACFO por el periodo comprendido en las gestiones 2006-2010 y como tal cumplía sus funciones laborales en la oficina de la ACFO, pero como consecuencia de actos de presión el querellante habría solicitado licencia indefinida, razón por la cual por Resolución de Asamblea Ordinaria de la ACFO, en fecha 5 de febrero del 2009 se designa como nuevo presidente interino a Jacinto Quispaya, sin embargo, en fecha 28 de noviembre del 2009 el mismo imputado conjuntamente otras personas allanan la oficina de presidencia de dicha institución, lugar donde cumplía sus funciones laborales el ahora querellante.
Menciona que de acuerdo a la investigación se tiene que la causa de inicio por el presunto delito de allanamiento de domicilio tipificado y sancionado por el Código Penal.
Señala que se amplía las investigaciones contra Jacinto Quispaya y Silvana Gina Paz por el presunto delito de robo agravado tipificado y sancionado por el artículo.
El análisis integral de todos los indicios racionales se tiene que el ahora imputado adecuó su conducta al delito de allanamiento de domicilio o sus dependencias, habida cuenta que sin tener una orden judicial u otro ingresó a la oficina donde el querellante cumplía sus funciones.
Sin embargo, el fiscal aclara que con relación al ilícito de robo agravado el suscrito emitió resolución de rechazo.
Por tanto, el suscrito fiscal de materia conforme dispone solicita se disponga medidas sustitutivas a la detención preventiva del imputado Jacinto Quispaya, su arraigo en territorio nacional y una fianza económica de 1.000 bolivianos y lógicamente la prohibición de influencia negativamente querellante.
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