miércoles, 12 de marzo de 2014

Municipio garantiza fuente laboral para viuda o familiar cercano de fallecidos

A través de una Ordenanza Municipal el ente legislativo ayer aprobó que la alcaldesa Rossío Pimentel pueda otorgar una fuente laboral a la viuda, hija o hijo mayor o familiar más cercano de los cinco fallecidos en el desplome de la pasarela de la avenida 6 de Agosto y Cochabamba, detallando que esto no compromete al Municipio como responsable del hecho y que tampoco es una negociación para interferir con la investigación que desarrolla el Ministerio Público.

Con la aprobación de ocho concejales, se emitió esta ordenanza, rechazada por las concejalas Ruth Hinojosa y Laura Lima que consideran que no es competencia del ente legislativo brindar fuentes laborales sino la del ejecutivo.

En la sesión de ayer al tratarse el tema de la caída de la pasarela que dejó cinco muertos y 97 heridos el pasado Sábado de Peregrinación, el concejal Rodolfo Uyuni presentó un proyecto de Ley Municipal, para garantizar la fuente de trabajo para las familias que perdieron a sus seres queridos además de destinar el 30 por ciento del total de los recursos de la venta de metros lineales para las víctimas del hecho.

Según el Decreto 015 el 60 por ciento de la recaudación es destinado a la Asociación de Conjuntos Folklóricos de Oruro (ACFO) y el otro 40 por ciento al Municipio.

PROPUESTA

Se dio lectura a este proyecto, pero nadie aprobó o rechazo el mismo.

"Este tema del uso de los recursos generados por la venta de metros lineales y graderías que tiene el Municipio y que se destina una parte a la ACFO, no puede ser utilizado pues esto generaría discrepancias con la institución folklórica, ya consultamos el tema, sabemos que por parte de la ejecutiva no existe ningún problema pero son los de la ACFO los que se opondrían a esto", explicó el presidente del Concejo Municipal, Germán Delgado.

Por su lado Uyuni, pidió entonces se tomen en cuenta los otros articulados para la emisión de la normativa pertinente para el tema de modificaciones presupuestarias.

"Tenemos que ser muy claros, el Municipio no se puede hacer responsable mientras no exista una sentencia que defina la culpabilidad o no de la institución en este accidente, sin embargo podemos atender las emergencias y brindar el apoyo necesario, por ello se debe tomar en cuenta la Ley 1178 y la Constitución Política del Estado", dijo Uyuni.

Ambas normas en artículos específicos referidos a la existencia de sentencia en contra de la institución pública, asume que el pago de indemnizaciones y otros gastos deben ser pagados por los servidores públicos responsables.

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