Las instituciones de Oruro reclaman al Gobierno nacional la vigencia plena de la Ley 2996 que declara al Carnaval como ”Patrimonio Oral e Intangible del Estado Boliviano”, para “proteger, preservar, promocionar y fortalecer” esa actividad, mediante un programa anual de actividades.
La decisión fue aprobada por los representantes de instituciones cívicas, culturales, sociales e institucionales del departamento de Oruro, que se reunieron en un seminario que se efectuó en el Paraninfo Universitario, para evaluar el pasado Carnaval 2014 y sus deficiencias.
El presidente del Consejo Departamental de Culturas de Oruro, Ricardo Rocha, dijo que el objetivo “no es destruir el Carnaval, sino más por el contrario, respaldar las actividades que realizan las instituciones, con otras acciones que son propias del Estado, como el de la protección, la preservación y la promoción de este proceso cultural”.
El representante de la Universidad Técnica de Oruro, Antonio Revollo, dijo que el Carnaval “ha crecido enormemente desde el 2001, cuando fue declarado como Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad, que necesita de otros actores para preservar esta institución cultural, educativa y social”.
Reconoció, sin embargo, que una de las fallas principales es la falta de funcionamiento de la Fundación para el Desarrollo del Carnaval de Oruro (Fundesco), que no ha utilizado los recursos económicos de organismos nacionales e internacionales, para ejecutar el Plan Decenal, aprobado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).
“El Estado boliviano ha depositado su confianza y su trabajo a Fundesco, que estaba presidido por la Asociación de Conjuntos del Folklore, pero no ha funcionado. Todo ha sido paralizado, incluyendo los proyectos grandes del plan decenal. Lo único que se ha hecho es la catalogación de las danzas”, explicó Revollo.
Carlos Delgado, arquitecto, afirmó que es necesario un reglamento para el Carnaval de Oruro, tal como exige la Ley 2996, para que se delimiten las funciones y competencias de cada una de las instituciones, con el objetivo de tomar previsiones para el Carnaval 2015.
El integrante del Comité de Etnografía y Folklore, Jesús Elías, consideró que no existe ninguna colisión de intereses entre la Ley 602, que declara a Oruro como Capital del Folklore de Bolivia, con la Ley 2996, que ratifica y refuerza esa declaración para que el Carnaval sea Patrimonio de Bolivia, pero al mismo tiempo, dispone la protección, preservación, promoción y salvaguarda del Carnaval, por parte de las instituciones del Estado.
El seminario, sin embargo, no tuvo la participación de los dirigentes de la Asociación de Conjuntos del Folklore y el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro. Mediante carta, las dos instituciones se consideran únicas autorizadas para organizar el Carnaval.
Sin embargo, la Ley 2996, de 24 de febrero de 2005, en su artículo 3, dispone: “el Ministerio de Relaciones y Culto, los viceministerios de Cultura y Turismo, el Consejo Departamental de Culturas y la Asociación de Conjuntos del Folklore Oruro son entes ejecutores, a través de su directorio”.
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